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La ignominiosa propuesta de reparación de congresistas de la 'Unión Democrática Independiente' ​

  Paulina Acevedo Menanteau Observatorio Ciudadano

Recientemente los diputados de la UDI (Unión Democrática Independiente) Javier Macaya, Juan Antonio Coloma, Jorge Alessandri y Osvaldo Urrutia ingresaron al Congreso Nacional un proyecto de ley que busca extender los beneficios de reparación otorgados por el Estado a las víctimas de violaciones de derechos humanos de la dictadura a viudas de Carabineros, de la Policía de Investigaciones y de Gendarmería fallecidos en actos de servicio.
En lo específico, la moción de los parlamentarios promueve homologar a estos casos las disposiciones de la ley 19.992 de 2004 que establece pensiones de reparación a víctimas de violencia política y violaciones de derechos humanos, conocida como Ley Valech; de la ley 191.23 de 1992 que crea la Corporación de Reparación y Reconciliación y establece pensiones de reparación para familiares directos de la víctima ( cónyuge sobreviviente, la madre de los hijos naturales del causante, y los hijos menores de 25 años de edad, sean legítimos, naturales o adoptivos ); y de la ley 19.980 de 2004, que hace modificaciones a esta última ampliando beneficios y estableciendo nuevos, entre otros ámbitos, en materia de educación.
En cuanto a la fundamentación, en el texto de la iniciativa legal los parlamentarios señalan “que la consagración de la extensión de estos beneficios constituye un acto de justicia para estos ejemplares servidores públicos”, y que “los derechos humanos son, por esencia, universales y consustanciales a la naturaleza humana, y no responden a una ideología política o social alguna”. Solicitando al momento de su presentación que Presidente de la República, Sebastián Piñera, patrocine la iniciativa y remita al Parlamento un proyecto que disponga los recursos necesarios para poder materializar la propuesta.
Al respecto, se hace indispensable establecer que si bien es posible y está dentro de las facultades parlamentarias postular iniciativas de ley, como puede ser el establecimiento de indemnizaciones en los casos referidos, la ceguera ideológica de estos congresistas, que avalaron los crímenes de la dictadura cívico militar, o tal vez su ignorancia sobre el alcance de los derechos humanos en materia de justicia transicional, les impide ver lo ignominioso de su planteamiento.
En efecto, estos diputados no pueden equipar el delito de homicidio que terceros puedan cometer contra funcionarios como los descritos, el cual se encuentra tipificado en la justicia penal ordinaria, a la acción sistemática, concertada y premeditada de violencia política donde es el propio Estado el que lleva a cabo actos de secuestro, tortura, asesinato y desaparición que el derecho internacional de los derechos humanos ha establecido constituyen delitos de lesa humanidad.
Más aún, al hacerlo, son estos mismos parlamentarios quienes violan derechos fundamentales, comprometen las obligaciones internacionales adquiridas por el Estado en materia de derechos humanos y transgreden la Constitución Política de la República, que en su artículo 5 inciso 2, establece como límite al ejercicio de la soberanía “el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana”. Agregando que es deber de los órganos del Estado, de los que éstos forman parte en tanto miembros del Poder Legislativo, “respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.
Entre estos tratados, se encuentran aquellos que han consagrado la tipificación de los crímenes de lesa humanidad, tanto en tiempos de paz como de guerra, y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, a la cual el Congreso Nacional adhirió en el año 2009. En otras palabras, este intento de homologación oficiosa de delitos comunes a crímenes que tienen un status distintivo a nivel internacional y en el nivel interno, fijando medidas de reparación sobre los primeros que han sido establecidos específicamente para estos últimos, constituye una flagrante violación a los derechos humanos de las víctimas en Chile de crímenes cometidos por el Estado, que son imprescriptibles e inadmistiables, y al deber que recae en los parlamentarios de promover y respetar estos derechos.
Ello, además, en los hechos, resulta en nueva afrenta para quienes perdieron a familiares directos durante la dictadura, y que de manera incansable han buscado por más de cuatro décadas verdad y justicia para estos crímenes que lesionan a la humanidad toda.
Finalmente, permitir que un proyecto como el ingresado prospere, implicaría un retroceso sustancial en el proceso de justicia transicional llevado adelante en el país y frente a la necesidad de fijar las bases para que nunca más en Chile se produzca una traumática experiencia de transgresión al Estado de derecho como la vivida. Asimismo, sería una regresión en el camino que aún se recorre hacia la consolidación de una democracia plena y de una sociedad respetuosa de sus diferencias, políticas, sociales o de cualquier otro orden, tanto para las generaciones presentes como futuras.

 Paulina Acevedo Menanteau, Periodista y comunicadora en Derechos Humanos, Observatorio Ciudadano

Forum Noticias  ha publicado este artículo con el permiso de la autora mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.

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