Silvio Cuneo Nash * A nadie debe sorprender que el derecho penal sea distinto en su trato dependiendo de la persona imputada. Cuando en 2000 empezó a regir el nuevo proceso penal la discusión se centró en si se trataba de un proceso más o menos garantista que el anterior. A más de 20 años de su implementación, y de cara al aumento sin precedentes del número de personas privadas de libertad, resulta difícil sostener que se trata de un sistema más garantista. Sin embargo, el error consistió en formular de ese modo la pregunta. Simplemente, el sistema es más o menos garantista dependiendo de la posición social de él o la imputada. Por lo mismo, aunque indignante, no sorprende que el Ministerio Público no pida la prisión preventiva ante situaciones especialmente graves cuando se trata de imputados con alguna cuota directa o indirecta de poder (v.gr.: el hijo del exsenador Carlos Larraín, imputado por atropello con resultado de muerte de un ciudadano). Pero demasiados fisca...
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