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PROPUESTA PARA DEMOCRATIZAR LAS FUERZAS ARMADAS (FF. AA.) Y DERECHOS DEL PERSONAL UNIFORMADO EN UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA

 DOCUMENTO REDACTADO POR EX MARINOS QUE SE OPUSIERON AL GOLPE DE ESTADO DE 1973

PROPUESTA PARA DEMOCRATIZAR LAS FUERZAS ARMADAS (FF. AA.) Y DERECHOS DEL PERSONAL UNIFORMADO EN UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA DOCUMENTO REDACTADO POR EX MARINOS QUE SE OPUSIERON AL GOLPE DE ESTADO DE 1973 

La historia y los hechos ocurridos en Chile desde 1973 hasta octubre 2019 nos muestran que Chile necesita democratizar sus Fuerzas Armadas. El proceso constituyente que Chile está experimentando, nos otorga la oportunidad de contar con una constitución, generada a partir de la voluntad popular. Como integrantes del movimiento de Marinos Constitucionalistas Antigolpistas proponemos que este proceso de democratización logre llevar a un cauce acorde al mundo contemporáneo las delicadas funciones de Defensa. Que el rol de éstas instituciones armadas sea resguardar y dar garantías a las ciudadanas/os, sobre las libertades inalienables que requiere nuestra sociedad para su progreso integral en el siglo XXI.3 Estamos convencidos que la formación y el desempeño de quienes ostentaran el monopolio de las armas en Chile, al ser regulado constitucionalmente evitará la manipulación de estas fuerzas para defender o gravitar en la consecución de intereses espurios. Esperamos que el contenido de nuestra propuesta sea ampliamente discutido y entendido tanto por la ciudadanía como por el personal que conforma el cuadro permanente de las fuerzas. La nueva constitución debe garantizar los derechos sociales y ciudadanos de la población civil y reconocer al personal de las FF.AA. también como ciudadanos con Derechos constitucionales, civiles y humanos. Les invitamos a difundir esta propuesta en el convencimiento que incorporara elementos sustantivos para el logro de una democracia más estable, plena y representativa. “No hay democracia si no hay plena vigencia del respeto a los Derechos Humanos”. El nunca más, que una vez expresó el alto mando de las instituciones armadas ha sido repetidamente vulnerado, contribuyendo al desprestigio y corrupción dentro de las fuerzas. Con este fin, proponemos que se reconozcan constitucionalmente los derechos humanos, civiles y constitucionales del personal de las FF.AA, Carabineros y PDI dentro de los cuarteles acorde con los tratados internacionales suscritos por Chile relativos a salvaguardar la integridad humana tanto de los ciudadanos civiles como de los uniformados de tropa y oficiales, respetando el sentido y fondo de la Convención contra la Tortura y Otros, los “Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”, ratificada por Chile en Noviembre de 1988. La Comisión Internacional de los Derechos Humanos ha establecido que para un avance efectivo de la calidad democrática de las naciones es necesario comenzar por respetar los DD. HH. dentro de los recintos armados para así evitar la descomposición moral que lleva al fascismo y otras aberraciones militaristas en la política y la sociedad. Así es que los más de 55 países miembros de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) adoptaron un código de conducta militar como un elemento indispensable de estabilidad y seguridad, además de ser una importante expresión de democracia, (ver anexo) directrices que se han tomado como modelo para este trabajo que hoy presentamos.4 NUESTRA PROPUESTA 1. Legitimidad de las FF. AA y de Orden. Cuerpos armados profesionales, sometidos al poder civil y a los Convenios Internacionales suscritos por el Estado en materia de Derechos Humanos dedicados a la protección de los ciudadanos y del país incluida la protección del medio ambiente como valor patrimonial. 2. Selección del personal. Se aceptará postulantes con antecedentes intachables, salud apta para el servicio y cualidades morales e intelectuales adecuadas. 3. Escalafón único por rama de las FF. AA. Establecer un examen de admisión común para ingresar a la Escuela Matriz Única para cada una de las ramas de las FF. AA., desde donde, en base a una evaluación objetiva, profesional, méritos y capacidades se obtenga el cuadro permanente de oficiales y de suboficiales en un estricto respeto por las aptitudes, cualidades y esfuerzo demostrado durante su formación. 4. Control civil de los ascensos a partir del grado de Oficial Jefe. Conceder los ascensos de la oficialidad que por su grado signifiquen asumir mandos tácticos o estratégicos (Buques, Bandadas, Comandancias de Regimientos) contando con el control ciudadano a través del parlamento. El ascenso estará condicionado al curriculum del oficial jefe, considerando no haya incurrido en comportamientos inadecuados con la ley o la ética. 5. Control ciudadano de la malla curricular de las escuelas Matrices y de la selección de sus docentes. Es esencial asegurar que la formación de quienes ostentarán el monopolio de las armas no esté en manos de intelectuales que representen partidos políticos o 5 grupos exclusivos. El peligro de hacer esto, quedó demostrado en Chile en septiembre de 1973, cuando doctrinas totalitarias próximas al franquismo y claramente opuestas a la democracia se propagaron dentro de las FF. AA. justificando y promoviendo el golpe de Estado. Dentro de los programas de estudio de la oficialidad y el personal subalterno es necesario la educación cívica, incluyendo el origen de los poderes generados y reconocidos en la Constitución Política de Chile, y la valoración de la democracia como sistema adecuado de convivencia pacífica, progresista y libre para desarrollar nuestra sociedad a niveles superiores. 6. Formulación de políticas militares por representantes de la ciudadanía. Las políticas militares, como la planificación estratégica y la identificación de las amenazas, formuladas por los altos mandos de las FF. AA., deben estar sometidas a un proceso de evaluación por la ciudadanía, a través de un debate parlamentario y asesores especializados. 7. La ley tiene preeminencia sobre la orden superior. Es necesario terminar con la doctrina de la obediencia ciega a toda orden superior (incluso aquellas que resultan en delito o degradan la dignidad de la persona) pues las leyes tienen para apelar contra órdenes degradantes, absurda, inhumanas o criminales. El uniformado que denuncia irregularidades o delitos cometidos por sus superiores debe tener un canal de denuncias y apelaciones establecidos en coordinación con el Defensor del Ciudadano. 8. Nombrar al defensor del Ciudadano Militar. CREAR Y ESTABLECER LA INSTITUCIÓN DEL DEFENSOR DE LAS PERSONAS. Que sea un órgano público, con autonomía legal e independiente de cualquier poder, que vele por la promoción, respeto, protección y defensa de los derechos de todas las personas. Asimismo, consecuente con los Principios de París, adoptados por Naciones Unidas que le aseguran tal independencia y la representatividad de la Sociedad Civil y con la Declaración Universal de los Derechos Humanos de Naciones Unidas del año 1948.6 9. Los militares son ciudadanos, con derechos civiles y democráticos. Ningún reglamento puede negar a los miembros de las FF. AA. los derechos Constitucionales garantizados a todo ciudadano (incluso por la constitución actual originada en dictadura), de asociación, reunión, proseguir estudios en establecimientos civiles, entre otros. 10. Más vínculos con la sociedad. Una parte de los estudios y de las prácticas militares debería efectuarse en escuelas y universidades “civiles”. Resulta más económico y sano, ya que disminuye el ambiente de universo cerrado y excluyente en el que suelen vivir los militares, y es donde se produce la interacción que propicia acercamientos con distintos estamentos de la sociedad. 11. Aplicar la separación entre la Iglesia y el Estado, vigente en Chile desde 1925. Nada justifica “consagrar” las instituciones armadas, que son instituciones públicas, a divinidad alguna, ni asumir trilogías de corte fascista como “Dios, patria y familia”, menos aún financiar un clero especial, con el agravante que aquel clero ha ostentado en momentos históricos posiciones golpistas y un claro proselitismo político contraviniendo la ordenanza en cuanto a la deliberación en ese tema. Como todo ciudadano, los militares pueden practicar la religión que quieran o no practicar ninguna, fuera del trabajo. 12. Sobre Código de Justicia Militar. Se hace necesario revisar y actualizar el Código de Justicia Militar de acuerdo con la jurisprudencia vigente, ante los eventuales delitos cometidos por sus miembros, delitos que no correspondan al ámbito castrense. El sistema procesal militar debe encuadrarse en el sistema general de justicia que se dé el país para la acción del tribunal en los casos de paz y guerra. El Reglamento Interno debe reactualizarse para definir con claridad y precisión lo que constituye el concepto de disciplina y de allí considerar y establecer lo ilícito, tanto como limitaciones a los derechos civiles de los miembros de nuestras FF. AA.7 13. Regular el acceso a los archivos. Como todo servicio público, los archivos de las instituciones armadas deben ser fácilmente accesibles a la ciudadanía. Especialmente a los investigadores, después de un plazo prudente. Nada justifica documentos ocultos ad eternam, Generalmente estas restricciones han servido para actos de corrupción, más que por seguridad del estado. 14. Utilizar sus recursos en tareas de desarrollo. En tiempos de paz los integrantes de las FF. AA y su infraestructura, debiera utilizarse en tareas de desarrollo del país, como salvaguardar nuestros Recursos Naturales. Actuar, socorrer y- si es posible - prevenir desastres, sin la espera de un decreto presidencial, tal como requiere el combate de los incendios forestales. 15. Subordinación total de las FFAA a la autoridad civil democráticamente elegida en las urnas. La Prerrogativa Presidencial -en su carácter de máxima autoridad- para intervenir en la designación de los altos mandos permita reemplazar a cualquier oficial de las FF.AA. que no reconozca obediencia al presidente de la República, u otras Instituciones permanentes del Estado con atribuciones sobre ellos.8 ANEXO Ante el problema de relaciones entre el poder civil y militar en la mayoría de los países desarrollados, han dado soluciones específicas mediante políticas de estado. Fortalecen sus democracias en forma efectiva desarrollando una doctrina de convivencia efectiva del militar con el mundo civil, haciendo participar a los uniformados en las diversas áreas destinadas al desarrollo técnico, industrial y tecnológico. Existen asociaciones de uniformados donde ellos, como parte de la cultura militar no tienen escollos semánticos y hablan abiertamente de los Comités de personal militar, como el Comité Asesor de Defensa de la Mujer en servicio activo, o del Centro para el control democrático de las FFAA en Ginebra, o de la Organización Europea de Asociaciones Militares o la Asociación Federal de las FF. AA de Alemania entre otras. Estos avances sociales motivaron a la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) para adoptar el Código de Conducta en Aspectos Políticos-Militares de la Seguridad como “elemento indispensable de estabilidad y seguridad, además de una importante expresión de democracia” (Manual de DD. HH y Libertades Fundamentales del personal de las FF.AA., pág. 29.

 Luis Aguirre Rojas. Rut. 5 822 213- 5 

 Víctor Martínez Cangana. Rut. 5 513 233- K 

Tomás Alonso Molinet Rut. 5 881 266- 8. 

Luis Jorquera Silva Rut. 4 795 364- 2 

Mariano Ramírez Ramírez Rut. 7 780 404- 8 

Sergio Fuentes Paredes Rut. 5 346 862- 4 

José Orlando Díaz Rut. 6 041 038- 0

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